CLICK PARA MÁS DETALLES
PENSIÓN PARA PADRES DE UN ESPECIALISTA ACTIVO, JUBILADO O PENSIONADO POR INVALIDEZ
PENSIÓN PARA PADRES DE UN ESPECIALISTA ACTIVO, JUBILADO O PENSIONADO POR INVALIDEZ
REQUISITOS:
Si no existieren personas con derecho a las prestaciones por viudez el cónyuge e hijos menores y/o mayores inválidos e incapaces, por el fallecimiento de un Especialista activo, jubilado o pensionado por invalidez.
Si el causante se encontrare en situación de activo al régimen previsional del IPM, es necesario que haya cotizado un mínimo de 5 años.
En caso, de que no hubiese cotizado el tiempo mínimo, es necesario que el Ministerio de la Defensa Nacional, califique si el deceso ocurrió en funciones del servicio.
DOCUMENTOS:
Solicitud dirigida al señor Gerente del IPM (se llena en el Departamento de Prestaciones.
Certificación de la partida de defunción en original, del causante, extendida por el Registro Nacional de las Personas –RENAP–.
Certificaciones de las partidas de nacimiento, en original, de los padres del causante, extendidas por el Registro Nacional de las Personas –RENAP–.
Fotocopias del Documento Personal de Identificación –DPI- de los padres del causante.
Certificación de Servicios, extendida por el Servicio de Ayudantía General del Ejército de Guatemala, documento que deben presentar únicamente los beneficiarios del afiliado fallecido encontrándose de alta en el Ejército de Guatemala.
Fotocopias de los carnets de número de identificación tributaria –NIT–, de los padres del causante.
Fotocopias de los números de cuentas, aperturadas a nombre de los beneficiarios, en G&T Continental o Banrural.
PENSIÓN PARA PADRES DE UN OFICIAL ACTIVO, JUBILADO O PENSIONADO POR INVALIDEZ
CLICK PARA MÁS DETALLES
PENSIÓN PARA PADRES DE UN OFICIAL ACTIVO, JUBILADO O PENSIONADO POR INVALIDEZ
REQUISITOS:
Si no existieren personas con derecho a las prestaciones por viudez el cónyuge e hijos menores y/o mayores inválidos e incapaces, por el fallecimiento de un Oficial activo, jubilado o pensionado por invalidez.
Si el causante se encontrare en situación de activo al régimen previsional del IPM, es necesario que haya cotizado un mínimo de 5 años.
En caso, de que no hubiese cotizado el tiempo mínimo, es necesario que el Ministerio de la Defensa Nacional, califique si el deceso ocurrió en funciones del servicio.
DOCUMENTOS:
Solicitud dirigida al señor Gerente del IPM (se llena en el Departamento de Prestaciones.
Certificación de la partida de defunción en original, del causante, extendida por el Registro Nacional de las Personas –RENAP–.
Certificaciones de las partidas de nacimiento en original, de los padres del causante, recientes, en originales, extendidas por el Registro Nacional de las Personas –RENAP–.
Fotocopia del Documento Personal de Identificación –DPI- de los padres del causante.
Registro de Servicios No. 1. (hoja matriz), debidamente, cerrada, firmada y sellada por la Jefatura del Estado Mayor de la Defensa Nacional, documento que deben presentar únicamente los beneficiarios del afiliado fallecido encontrándose de alta en el Ejército de Guatemala.
Fotocopias de los carnets del número de identificación tributaria –NIT– de los padres del causante.
Fotocopias de los números de cuentas, aperturadas a nombre de los beneficiarios, en G&T Continental o Banrural.